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viernes, 21 de noviembre de 2008

Preguntas Sistema Penal Acusatorio

 

·          Qué es el Sistema Penal Acusatorio?

o         Es un sistema adversarial, donde las partes (Fiscalía y defensa) se enfrentan en igualdad de oportunidades, ante un juez imparcial, quien con base en las pruebas y argumentos decide si condena o absuelve. También, puede intervenir el Ministerio Publico y la víctima, el primero para salvaguardar el orden jurídico y la segunda para que se le garantice la verdad, la justicia y la reparación.

 

·          Qué es el Proceso Penal?

o         Es el mecanismo por medio del cual se investigan los delitos, y se acusan y se juzgan a los presuntos responsables, cuando a ellos hubiere lugar.

 

·          Como se inicia un Proceso Penal?

o         Desde el momento en que la Fiscalía tiene conocimiento de una conducta que se advierte delictiva y acusa por la misma. Ese conocimiento puede ser por denuncia, querella, informes o de oficio.

 

·          Quienes deben denunciar?

o         Toda persona mayor de edad tiene el deber de denunciar a la autoridad los delitos de cuya omisión tenga conocimiento y que deba investigarse de oficio.

 

·          En que casos una persona no esta obligada a denunciar?

o         Nadie esta obligado a formular denuncia contra si mismo, contra su cónyuge, compañero o compañera permanente o contra sus parientes dentro del cuarto grado de consaguinidad o civil, o segundo de afinidad, ni cuando medie el secreto profesional (sacerdotes, médicos y abogados, entre otros)

 

·          Cuales son los principios del proceso penal?

o         El respeto de la dignidad humana, de la libertad, de la igualdad, de la imparcialidad, de la legalidad, de la presunción de inocencia, del derecho de defensa, del debido proceso, de los derechos de las victimas y de la sociedad. En el proceso penal prevalecen los tratados internacionales, de moralidad, de lealtad, de contradicción, de publicidad, del juez natural, de doble instancia y de cosa juzgada, entre otros.

 

·          Qué es el principio de la dignidad humana?

o         Significa que todos loe intervenientes en el proceso penal deben ser tratados como seres humanos y no como objetos.

 

·          Qué es el principio de la libertad?

o         Es el derecho que tienen las personas a que se respete sus acciones y movimientos dentro del ordenamiento jurídico, a no ser molestado en su persona ni privado de la libertad, sino en razón a motivos expresados por la ley.

 

·          Qué es el principio de la igualdad?

o         Es le derecho de las personas que intervienen en el proceso penal a recibir al mismo trato y las mismas oportunidades, sin discriminación, lenguas, religión, origen, opinión política o filosófica. La igualdad obliga a las autoridades a adoptar medidas a favor de los mas débiles, por razón de su condición económica, física o mental.

 

·          Qué es el principio de la imparcialidad?

o         Es la obligación de los jueces en el ejercicio de sus funciones de control de garantías, preclusión y juzgamiento de orientarse por el imperativo de establecer con objetividad la verdad y la justicia. En la practica, que los jueces mantengan un rol imparcial sobre la investigación, acusación y presentación de pruebas.

 

          

 

·          Que es el principio de la legalidad?

o         Significa que nadie puede ser investigado ni juzgado sino conforme con la ley procesal vigente al momento de los hechos, observando las formalidades propias de cada juicio.

 

·          Que es la presunción de inocencia?

o         Toda persona se presume inocente y debe ser tratada como tal, mientras que no quede en firme una decisión judicial definitiva sobre su responsabilidad.

 

·          Que es el principio de in dubio pro reo?

o         Corresponde a la Fiscalia la carga de la prueba acerca de la responsabilidad penal. Si después de valorar en conjunto y racionalmente las pruebas aportadas por las partes, el juez tiene duda sobre la conducta delictiva o la responsabilidad del acusado, deberá resolver a favor del acusado.

 

·          Cuales son los derechos de las victimas?

o         Tener acceso a la justicia; recibir un trato humano y digno; protección de su intimidad; garantía de seguridad, de sus familiares y sus testigos; a que se haga justicia en el caso; a conocer la verdad de lo ocurrido; a la reparación de los daños sufridos, a recibir información, a intervenir directamente en algunas decisiones y recibir asistencia integral.

 

·          Que es el principio de contradicción?

o         Es el acto mediante el cual las partes (Fiscalia y defensa) tienen derecho a conocer, controvertir o confrontar las pruebas, así como a intervenir en su formación y a oponerse a las alegaciones de la otra parte o interviniente.

 

·          Que es el principio de inmediación?

o         Solamente se considera prueba aquella que ha sido practicada y producida por las partes ante el juez del conocimiento, en un juicio publico, oral y contradictorio, con el fin de que el juez observe directamente el comportamiento de los testigos al declarar y que pueda valorar mas objetivamente estas declaraciones.

 

·          Que es el principio de concentración?

o         Las pruebas y diligencias deben practicarse en una audiencia continua, preferiblemente el mismo día.

 

·          Que es el principio de publicidad?

o         Significa que la actuación procesal y las audiencias deben ser abiertas, con el fin de que a ellas accedan no solo las partes e intervinientes, sino también los medios de comunicación y la comunidad.

 

·          Quienes tienen acceso a la actuación?

o         Además de los intervinientes, la comunidad en general que incluye a los medios de comunicación.

 

·          Existen excepciones a la publicidad de las acusaciones?

o         Si. La actuación no será publica cuando el juez considere que la publicidad de los procedimientos pone en peligro a las victimas, testigos, peritos, intervinientes; se afecte la seguridad publica; se exponga a un daño psicológico a los menores de edad; se menoscabe el derecho del acusado a un juicio justo o se comprometa seriamente el éxito de la investigación.

         

 

·          Qué es el principio de oralidad?

o         Las partes, intervinientes y testigos deben manifestarse verbalmente y en audiencia ante el juez. Generalmente, esta prohibida la lectura o la entrega de memoriales.

 

·          Como operaba esa situación en el anterior sistema?

o         Se caracterizaba por la escritura. Era un sistema de actas y de constancias.

 

·          Qué ventajas tiene la oralidad?

o         El juez percibe directamente las manifestaciones de los testigos e intervinientes. Esto supone un proceso mucho mas ágil, directo, eficaz y eficiente.

 

·          Qué es el principio del juez natural?

o         Garantizar que nadie podrá ser juzgado por un juez o tribunal instituido o creado con posterioridad a la comisión de un delito por fuera de la justicia ordinaria.

 

·          Qué es el principio de la doble instancia?

o         Determina que un superior juez puede revisar las sentencias y decisiones que se refieran a la libertad, que afecten la práctica de las pruebas o que tengan efectos patrimoniales.

 

·          Qué es el principio de la cosa juzgada?

o         Establece que una persona, después de que haya sido definida su situación mediante sentencia en firme, no puede ser investigada ni juzgada por los mismos hechos.

 

·          En qué consite el restablecimiento del derecho?

o         Es la obligación que tienen la Fiscalia y los jueces de adoptar las medidas necesarias para, de ser posible cesar los efectos producidos por el delito que las cosas vuelvan a su estado anterior, tales como devolverle el bien hurtado o cancelar los títulos o registros falsos para restituir la propiedad de un inmueble.

 

·          Cuál es la función esencial de la Fiscalia?

o         En nombre del Estado y el pueblo colombiano entregar a la justicia a los que violan leyes en el país, investigar las conductas que se adviertan como delictividad y acusar, antes los jueces de conocimiento, a los posibles responsables presentando los elementos probatorios que soportan las investigaciones.

 

·          Cuál es la función esencial de los jueces de conocimiento?

o         Un juzgador imparcial que escucha la evidencia presentada y confrontada en un juicio oral para decidir sobre la responsabilidad penal de los acusados. Absolver o condenar a los acusados. El juez de conocimiento es le juez competente para conocer del juzgamiento, después que el fiscal del caso presente el escrito de acusación. La competencia la otorga la clase de conducta o delito que se investiga. Pueden ser competentes la Corte Suprema de Justicia, el tribunal superior del distrito judicial, el juez especializado, el juez penal del circuito o el juez penal municipal.

 

·          Cuál es la función de los jueces de control de garantías?

o         Un juez imparcial que garantiza los derechos del investigado, imputado, victima y la sociedad durante las audiencias preliminares ante el juicio. Tienen dos funciones esenciales. Son los llamados a proferir medidas de aseguramiento (como las detenciones) y, como su nombre lo indica, controlan la legalidad de las actuaciones de la Fiscalia y de la policía judicial. Quien haya actuado como juez de garantías no puede ser el juez del conocimiento.

·          Cuáles jueces cumplen las funciones de jueces de control de garantías?

o         Como regla general, los jueces penales municipales de lugar de los hechos.

 

·          El Ministerio Publico (la Procuraduría y las Personerías) intervienen en el sistema acusatorio?

o         Si, pero no en todos los casos. Solo cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio publico o de os derechos y garantías fundamentales consagrados en la Constitución.

 

·          Cuándo se puede capturar a una persona?

o         Cuando sea sorprendida en flagrancia y cuando exista orden emitida por un juez de control de garantías.

 

·          Cuándo existe flagrancia?

o         Tiene tres modalidades. Cuando una persona es sorprendida y capturada en el momento de cometer una conducta delictiva. Cuando es sorprendida al momento de cometer el delito pero capturado instantes después por persecución o voces de auxilio de quien presencia el hecho, y cuando es sorprendida y capturada con objetos, instrumentos o huellas que lo relacione con la conducta delictiva.

 

·          Es necesario ser autoridad para capturar en flagrancia?

o         No. En situaciones de flagrancia, inclusive un particular esta capacitado para capturar.

 

·          Cuándo un juez puede ordenar una captura?

o         Cuando la Fiscalia solicita y presenta elementos materiales o información que fundamente la razón para la captura.

 

·          La Fiscalia puede ordenar una captura?

o         La Fiscalia podrá ordenar excepcionalmente capturas en casos de urgencia, para evitar daño a la víctima o a la comunidad, la huida del imputado, o la alteración de las pruebas, siempre y cuando se trate de delitos que den lugar a detención preventiva, de acuerdo con la regulación que haga la ley.

 

·          En el anterior sistema la Fiscalia podía ordenar capturas y detener a las personas?

o         Si. La Fiscalia podría ordenar capturas sin control de un juez y tenia facultades para detener preventivamente.

 

·          Por qué razón se elimino la posibilidad de que la Fiscalia ordenara capturas e impusiera medidas de aseguramiento?

o         Porque no es lo mas adecuado que las misma autoridad que investiga, ordene capturas y detenga. Se garantizan mas los derechos de los procesados cuando esas ordenes las emiten un juez imparcial que no ha intervenido en las pesquisas.

 

·          Cuáles son los derechos del capturado?

o         A toda persona capturada se le debe informar de manera inmediata, del hecho que se le atribuye y que motivo su captura; del funcionario que la ordeno; del derecho a indicar la persona a quien se deba comunicar su aprehensión; del derecho que tiene a guardar silencio y del derecho que tiene a designar y a entrevistarse con un abogado.

 
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