| Estudios de Colombianos en el Exterior |
|
COLOMBIANOS QUE HAYAN REALIZADO ESTUDIOS EN EL EXTERIOR PODRAN CONVALIDAR SU TITULO PARA EJERCER EN COLOMBIA Mediante la resolución 5547 de 2005 se reglamentó la convalidación de títulos otorgados por instituciones de educación extranjeras.
¿SOBRE QUE TÍULOS PODRA HACERSE
¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA CONVALIDAR TÍTULOS?
1. Solicitud escrita en el formato suministrado por el Ministerio de educación. 2. Fotocopia autenticada del diploma del título que se pretende convalidar. El diploma del título original deberá estar debidamente legalizado, por vía diplomática o con sello de apostilla. 3. Original o copia autenticada del certificado de calificaciones o del plan de estudios del programa del título que se somete a convalidación, expedidos por la institución donde se cursaron los estudios. El certificado de calificaciones original o el plan de estudios deberán estar debidamente legalizados, por vía diplomática o con sello de apostilla. 4. Fotocopia del documento de identidad (cédula de ciudadanía, de extranjería, pasaporte). 5. Recibo de consignación de la tarifa correspondiente.
En este caso, estos documentos, podrán ser remitidos directamente por la institución de educación superior otorgante del título al Ministerio de Educación Nacional. ¿QUÉ SUCEDE SI EL DIPLOMA, Y EL CERTIFICADO DE CALIFICACIONES O EL PLAN DE ESTUDIOS SE ENCUENTRAN EN IDIOMA DISTINTO AL CASTELLANO? En este evento tales documentos deberán ser traducidos por traductor o intérprete oficial, reconocido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil. ¿CUÁNTO TIEMPO SE PUEDE DEMORAR LA CONVALIDACIÓN DEL TÍTULO?
¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS DE CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS?
Si se cumple alguno de los siguientes criterios el titulo puede ser convalidado:
¿QUÉ SE DEBE HACER SI EL TÍTULO QUE SE SOMETE A CONVALIDACIÓN NO SE ENMARCA EN NINGUNO DE LOS CRITERIOS SEÑALADOS ANTERIORMENTE O SI EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NO TIENE CERTEZA SOBRE EL NIVEL ACADÉMICO DE LOS ESTUDIOS QUE SE ESTÁN CONVALIDANDO? En este caso la documentación se someterá a proceso de evaluación académica. Este trámite se adelantará en un término no mayor a cinco (5) meses contados a partir del recibo en debida forma de la documentación requerida. ¿EN CASO DE CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS CORRESPONDIENTES A POSTRADOS MÉDICO-QUIRÚRGICOS QUE SE DEBE TENER EN CUENTA? En este caso se debe concordar con los criterios definidos por la comunidad académica en el documento “Especialidades Médico-Quirúrgicas en Medicina”, publicado por el Ministerio de Educación Nacional. ¿QUÉ SE DEBE TENER EN CUENTA SI DESEO CONVALIDAR MI TÍTULO DE PREGRADO EN DERECHO? El interesado deberá acreditar como mínimo la aprobación de estudios específicos de la legislación colombiana, en los siguientes aspectos: Derecho Constitucional Colombiano, Derecho Administrativo y Procesales Especiales (Civil, Administrativo, Penal y Laboral). Dichos estudios podrán ser acreditados por una institución de educación superior colombiana que cuente con el programa de derecho con registro calificado. El interesado también podrá certificar la suficiencia atrás indicada por medio de los resultados que obtenga en el Examen de Calidad de ¿EN DONDE SE DEBEN RADICAR LOS DOCUMENTOS? Documentación requerida en |